Formulario G-28 (USCIS): Aviso de Comparecencia de Abogada/o o Representante

El G-28 autoriza a tu abogada/o o representante acreditado por el DOJ para actuar ante USCIS, CBP o ICE. Preséntalo de inmediato para que tu representante reciba avisos, responda a plazos y pueda comunicarse con la agencia sobre tu caso.

Por qué presentar el G-28 ahora

  • Comunicación directa: USCIS/DHS puede hablar legalmente con tu representante y enviarle avisos, según lo que elijas.
  • Plazos críticos: Tu representante podrá responder a RFEs/NOIDs y resolver incidencias a tiempo.
  • Claridad de expediente: El G-28 vincula al representante a un asunto específico (número de recibo/ tipo de formulario) y evita confusiones.

Qué no cubre el G-28

EOIR es aparte: En Tribunal de Inmigración se usa EOIR-28 (y EOIR-27 para la BIA). El G-28 es para asuntos ante DHS (USCIS/CBP/ICE).

Cómo llenar el Formulario G-28 (paso a paso)

Parte 1 — Información de la/o abogada/o o representante acreditado Nombre completo, firma/organización, dirección de trabajo, teléfono y correo; número(s) de colegiatura y jurisdicciones o datos de acreditación DOJ. Indica si participa un/a estudiante o egresado/a bajo supervisión.
Parte 2 — Elegibilidad La persona profesional declara su elegibilidad (abogada/o en regla o representante acreditado). Incluye datos del/de la estudiante/egresado/a si aplica.
Parte 3 — Aviso de comparecencia Selecciona el componente de DHS (a menudo USCIS) e identifica el asunto específico (tipo de formulario y/o número de recibo). Asuntos distintos suelen requerir G-28 por separado.
Parte 4 — Datos de contacto y envío de avisos/documentos Dirección postal de la persona cliente (usa dirección segura si es necesario). Elige si ciertos avisos originales van a la dirección profesional de la abogada/o o a ti. Los documentos de identidad/viaje suelen enviarse al domicilio en EE. UU. de la persona cliente.
Parte 5 — Firmas Firma la/o representante (y el/la estudiante supervisado/a, si corresponde). La persona cliente (o firmante autorizado/a de la entidad) firma y fecha. Usa un formato de firma aceptado por USCIS.
Parte 6 — Información adicional Continuaciones para múltiples colegiaturas, aclaraciones o detalles extra.

Cuándo presentar el G-28

  • Con nuevos trámites: Adjunta un G-28 firmado en cada solicitud/petición a USCIS.
  • Casos en curso: Si contratas después, tu representante puede presentar el G-28 a la oficina del caso (a menudo mediante cuenta en línea si aplica).
  • Apelaciones y mociones: AAO/I-290B suelen requerir un G-28 para ese procedimiento.
  • Varios asuntos: Trámites distintos suelen necesitar su propio G-28.

Cómo presentarlo

  • En papel: Adjunta al paquete o envíalo a la oficina que lleva el caso.
  • En línea: Abogadas/os o representantes pueden ingresar su comparecencia en casos elegibles (incluidos muchos auto-presentados en línea).
  • ICE/CBP: Los procesos varían; tu abogada/o usará el canal correcto.

Errores comunes y cómo evitarlos

Preguntas frecuentes

¿Cubre G-28 el Tribunal de Inmigración? No. EOIR usa EOIR-28 (y EOIR-27 para la BIA). G-28 es para DHS (USCIS/CBP/ICE).

¿Mi abogada/o recibirá todo? Puedes pedir que ciertos avisos originales se envíen a la dirección profesional. Los documentos de identidad/viaje suelen ir al domicilio de la persona cliente en EE. UU.

Presenté en línea por mi cuenta. ¿Puede aparecer ahora mi abogada/o? En muchos casos sí: tu representante puede presentar un G-28 para ese caso en línea y así USCIS se comunica con él/ella.

¿Abogada/o fuera de EE. UU.? Algunos asuntos requieren el Formulario G-28I. Tu equipo legal elegirá el correcto.

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Podemos presentar tu G-28 de inmediato y coordinar los siguientes pasos.

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Detalles oficiales y última edición: USCIS — G-28.

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Esta página es información general y no constituye asesoría legal. La representación inicia solo tras la firma del acuerdo y la verificación de conflictos.

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